Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos que regula el desahucio en contratos mes a mes o de duración indefinida. Establece que el desahucio debe ser judicial o notarial, con un plazo de dos meses que se incrementa según los años de ocupación, sin exceder seis meses. Permite la restitución anticipada con pago de renta hasta esa fecha.