Penal

Artículo del Código Penal chileno que establece la exención de responsabilidad criminal…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Penal chileno que establece la exención de responsabilidad criminal, quedando solo la civil, para hurtos, defraudaciones o daños cometidos entre parientes consanguíneos en línea recta, colaterales hasta el segundo grado, afines en línea recta, cónyuges y convivientes civiles. La exención no aplica a extraños que participen en el delito ni cuando la víctima sea persona mayor de sesenta años.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.