Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt conoció de la apelación deducida por la querellante INGENIERIA CONSTRUCCION Y MONT contra la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Varas que rechazó la solicitud de reapertura de la investigación y tuvo por comunicada la decisión de no perseverar del Ministerio Público. La apelante argumentó que la investigación ya se había reabierto una vez y que nuevas diligencias revelaron posibles delitos de falsificación de documentos, lo que justificaba continuar la investigación. La Corte determinó que la resolución apelada no era recurrible conforme al artículo 370 del Código Procesal Penal, ya que no ponía término al procedimiento ni hacía imposible su prosecución. Además, señaló que la decisión de no perseverar es un acto administrativo de exclusiva competencia del Ministerio Público, sin control judicial. Se constató que todas las diligencias ordenadas en la reapertura anterior se habían realizado. Por ello, la Corte confirmó la resolución recurrida, rechazando la apelación.