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Sofía Magdalena Vial Osorio interpone recurso de protección contra Isapre Colmena Golde…

Resumen del criterio jurisprudencial

Sofía Magdalena Vial Osorio interpone recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. por no igualar la cobertura de prestaciones de salud mental con la de salud física, lo que considera arbitrario e ilegal. La recurrida argumenta que el contrato fue pactado antes de la Ley N° 21.331 y que dicha ley no tiene efecto retroactivo, citando los artículos 9° y 1545 del Código Civil. Además, sostiene que la Circular IF N° 396 solo prohíbe la comercialización futura de planes con restricciones, sin ordenar revisión de contratos preexistentes. La Corte desestima estos argumentos y señala que los contratos de salud deben ajustarse a las normas vigentes para proteger la igualdad constitucional. Concluye que el actuar de la Isapre es ilegal al mantener coberturas restringidas para salud mental, vulnerando el artículo 19 N° 2 de la Constitución. En consecuencia, acoge el recurso y ordena a la Isapre realizar los ajustes necesarios para equiparar las coberturas de salud mental y física, sin costas.

Protección-Isapre Adecuación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.