Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante impugnó la Liquidación N°115000000977 emitida por el SII por el año tributario 2011, alegando que la diferencia de impuestos se debía a un error de digitación de la Tesorería General de la República que duplicó los dividendos declarados, y que el SII no realizó una citación previa conforme al procedimiento legal. El SII sostuvo que el contribuyente no aportó antecedentes suficientes para desvirtuar las objeciones. El Tribunal acogió el reclamo, considerando que el SII prescindió del procedimiento de citación establecido en el artículo 21 del Código Tributario y que la liquidación se basó en un error manifiesto, ya que la base imponible declarada por el contribuyente incluía correctamente los dividendos. Se dejó sin efecto la liquidación y se ordenó su cumplimiento administrativo, sin costas.