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El juzgado del Trabajo de Puerto Montt determinó que el centro de cultivo no es un luga…

Noticia · 2026

Resumen

El juzgado del Trabajo de Puerto Montt determinó que el centro de cultivo no es un lugar transitorio y por tanto debía contar con servicios higiénicos, pero redujo la sanción de la Inspección del Trabajo a 30 UTM.

El juzgado laboral de Puerto Montt determinó que las balsas jaula de cultivo de salmones no son un lugar de trabajo transitorio, por lo que deben contar con baños y lavatorios accesibles.Se rechazó la alegación de error de hecho de Salmones Camanchaca S.A. y se mantuvo el reproche por incumplimiento a la normativa de higiene laboral.La multa impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Puerto Montt fue rebajada de su monto original a 30 UTM, considerando el alto porcentaje de cumplimiento histórico de la empresa.El fallo fija un criterio sobre la exigencia de servicios higiénicos en centros de cultivo acuícola cuando el acceso a ellos requiere traslado en embarcación.

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