Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, artículo 3.1.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que regula los permisos para aperturas de nuevas vías en subdivisiones o loteos. Establece requisitos que debe verificar el Director de Obras Municipales, plazos de resolución (30 días, reducible a 15 con informe de revisor independiente), procedimiento de observaciones y rechazo si no se subsanan en 60 días, y rebaja del 30% en derechos municipales con informe favorable.