Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo Tribunal ratificó la decisión de la Corte de Rancagua, que mantuvo una multa de 500 UTM a la empresa Copeval S.A. por suministro de combustible a instalaciones no registradas. La sanción se ajusta a la normativa vigente y la conducta fue calificada como grave, tras constatarse infracciones reiteradas durante 2022 y 2023 que representaron un riesgo para la seguridad de las personas.