Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. Bajo la definición de enfermedad profesional que indica el artículo 7° de la Ley 16.744, una enfermedad agravada por el trabajo no califica como enfermedad profesional.
Ley N° 16.744. Bajo la definición de enfermedad profesional que indica el artículo 7° de la Ley 16.744, una enfermedad agravada por el trabajo no califica como enfermedad profesional.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.