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Carlos Eduardo Rangel Marulanda, ciudadano colombiano, interpuso una acción de amparo c…

Resumen del criterio jurisprudencial

Carlos Eduardo Rangel Marulanda, ciudadano colombiano, interpuso una acción de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N°2600100467809 que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país. El rechazo se basó en una condena por tráfico de estupefacientes en Colombia de 2014, que el recurrente argumentó haber cumplido íntegramente. Sostuvo que la decisión vulneraba su libertad personal y seguridad individual, constituía una doble sanción y afectaba su reunificación familiar con su cónyuge residente definitiva. La autoridad informó que el rechazo se ajustó a la Ley de Migraciones por los antecedentes penales. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el amparo, considerando que el Servicio actuó legalmente y que la denegación no es una doble sanción sino una consecuencia administrativa distinta. El tribunal destacó el deber estatal de promover una migración regular y ordenada, y que la causal prohibitiva de ingreso es aplicable conforme a la ley.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.