Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código del Trabajo chileno que fija las reglas de competencia territorial en materia laboral. Establece que el demandante puede elegir entre el domicilio del demandado o el lugar de prestación de servicios, sin perjuicio de leyes especiales, y prohíbe la prórroga expresa de competencia. Además, permite demandar ante el domicilio del trabajador cuando este haya debido trasladar su residencia por el contrato y así conste en el instrumento.