Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Orgánico de Tribunales que regula la determinación de la cuantía y la competencia del tribunal cuando el demandado deduce reconvención contra el demandante, señalando que la competencia se evalúa separando los montos de la acción principal y de la reconvención, y que la reconvención procede cuando el tribunal sea competente para conocerla como demanda o sea admisible la prórroga de jurisdicción.