Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que define quiénes son legitimarios o herederos forzosos en la sucesión: los hijos (personalmente o representados por su descendencia), los ascendientes y el cónyuge sobreviviente. Establece excepciones: los ascendientes no lo son si su parentesco fue determinado judicialmente contra la oposición del padre o madre, y el cónyuge tampoco si dio causa culpable a la separación judicial.