Resumen del criterio jurisprudencial
René Avelino Gómez Valenzuela interpone acción de protección en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán y la Superintendencia de Salud por mantenerlo en lista de espera durante 4 años para una artroplastia total bilateral. El demandante alega vulneración de sus garantías constitucionales de integridad física y psíquica e igualdad ante la ley. Solicita se ordene al Hospital fijar fecha para la cirugía en plazo de un mes o que la Superintendencia designe otro prestador. La Corte de Apelaciones rechaza la acción de protección, considerando que no existe riesgo vital que justifique la vía extraordinaria y que no corresponde revisar la planificación interna del Hospital. La sentencia se pronuncia sin costas.