Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la accesión de cosas muebles mediante mezc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la accesión de cosas muebles mediante mezcla de materias áridas o líquidas de distintos dueños, sin conocimiento ni mala fe. Establece que el dominio corresponde proindiviso, a prorrata del valor de cada materia, salvo que una sea considerablemente superior, caso en el cual su dueño puede reclamar la cosa pagando el valor de la restante.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.