Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que establece cómo determinar el nivel de suelo natural en terrenos intervenidos artificialmente, mediante planos topográficos previos o circundantes. En loteos con modificaciones de nivel por rellenos o desmontes, el nivel resultante del plano de loteo se considera suelo natural; y en montículos o depresiones, el Director de Obras puede autorizar emparejamientos.