Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Justicia Militar que regula la organización de los Juzgados Militares institucionales en tiempo de paz. Establece que el Presidente de la República podrá crear un Juzgado Militar permanente en el asiento de cada división o brigada del Ejército, según las necesidades del servicio, y delimitar su territorio jurisdiccional.