Laboral

De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Código del Trabajo el empleador…

Resumen del criterio jurisprudencial

De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Código del Trabajo el empleador se encuentra obligado a llevar un libro de remuneraciones cuando cuenta con cinco o más trabajadores. El libro en cuestión debe ser timbrado el Servicio de Impuestos Internos y solamente las remuneraciones que en él figuren pueden considerarse como gastos por remuneraciones en la contabilidad de la empresa.

RemuneraciónLibro de Remuneraciones

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.