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El documento analiza la continuidad de la sanción de desistimiento del recurso establec…

Sentencia · Corte Suprema · 2016

Resumen

El documento analiza la continuidad de la sanción de desistimiento del recurso establecida por la Ley Nº 11.183 en relación con el incumplimiento de la obligación de depositar dinero para compulsas o fotocopias. Aunque los artículos 197 y 778 (posteriormente transformado en artículo 776) del Código de Procedimiento Civil han sufrido modificaciones formales, el sentido y alcance de sus disposiciones se ha mantenido sin alteración. El legislador ha mantenido de manera coherente y constante desde 1953 la intención de castigar la inobservancia del deber de consignación con la pérdida del recurso para el recurrente. A pesar de que existe un error de referencia en el artículo 776 producto de una inadvertencia legislativa, esto no puede significar la eliminación de una sanción que ha permanecido vigente durante décadas.

Normas citadas

  • Ley Nº 11.183
  • Artículo 197 del Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 776 del Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 778 del Código de Procedimiento Civil (anterior)
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