Administrativo

En el sorteo a que se refiere el artículo 107, de la ley N° 18.695, deben participar to…

Resumen del criterio jurisprudencial

En el sorteo a que se refiere el artículo 107, de la ley N° 18.695, deben participar todos los concejales actualmente en ejercicio, ya sea que se encuentren repostulando al cargo de concejal, o postulando a la plaza de alcalde.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.