Administrativo

El artículo 18 de la Ley 18.287 regula las notificaciones de resoluciones en juzgados d…

Resumen del criterio jurisprudencial

El artículo 18 de la Ley 18.287 regula las notificaciones de resoluciones en juzgados de policía local. Establece que las resoluciones se notifican por carta certificada, con excepciones para sentencias que imponen multas superiores a 5 UTM, cancelan licencias de conducir o regulan daños superiores a 10 UTM, que requieren notificación personal o por cédula. También permite la notificación electrónica si el tribunal acepta solicitud de parte y cuenta con medios idóneos, debiendo publicitar las cu

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.