Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula el régimen de participación en los gananciales, estableciendo que cada cónyuge debe entregar al otro, dentro de tres meses de terminado el régimen, un inventario valorado de su patrimonio final. El juez puede ampliar el plazo, y contempla reglas probatorias, posibilidad de objeción del inventario y de solicitar la facción de inventario y medidas precautorias.