Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Enfermedad profesional

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Enfermedad Profesional. Para calificar una patología como enfermedad profesional, la SUSESO y los organismos administradores exigen acreditar un nexo causa-efecto inequívoco, fundamentado en tres pilares: la confirmación de agentes de riesgo en el entorno laboral, la verificación de una exposición suficiente en tiempo e intensidad por parte de la persona trabajadora, y un diagnóstico clínico médico que sea compatible con la exposición a dicho riesgo específico.

Ley N° 16.744Enfermedad profesional

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.