Resumen del criterio jurisprudencial
Ley entrará en vigencia transcurrido tres meses desde que el reglamento y todas las actualizaciones reglamentarias señaladas en el artículo segundo transitorio se publiquen en el Diario Oficial, y haya transcurrido un mes desde el término del período de acreditación al que alude el artículo cuarto transitorio, en conformidad a su artículo primero transitorio