La Corte Suprema rechaza la solicitud de exequátur de una sentencia de divorcio dictada…
Sentencia · Corte Suprema
Resumen
La Corte Suprema rechaza la solicitud de exequátur de una sentencia de divorcio dictada en el extranjero. Los cónyuges mantenían domicilio en Chile desde hace más de cuatro años, lo que excede ampliamente el plazo de tres años establecido en el artículo 83 inciso final de la Ley de Matrimonio Civil. Se configura fraude a la ley al tramitar el divorcio en el extranjero cuando existía jurisdicción chilena competente. La sentencia aplica el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil por ausencia de tratado internacional o reciprocidad. Se concluye que corresponde rechazar la petición de exequátur formulada.
Normas citadas
Artículo 242 Código de Procedimiento Civil
Artículo 243 Código de Procedimiento Civil
Artículo 244 Código de Procedimiento Civil
Artículo 245 Código de Procedimiento Civil
Artículo 83 inciso final Ley de Matrimonio Civil
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