Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Tributario que define días y horas hábiles para las actuaciones del Servicio de Impuestos Internos. Establece que los plazos legales se cuentan en días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos, y regula el cómputo y prórroga de plazos cuando el último día es inhábil. También permite la entrega de presentaciones hasta las 24 horas del último día en domicilios habilitados.