Resumen del criterio jurisprudencial
Francisco Contreras Hernández presenta un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 196 ter de la Ley N° 18.290, que obliga el cumplimiento efectivo de pena privativa de libertad por un año en casos de manejo en estado de ebriedad causando muerte. El requirente alega que la norma vulnera los artículos 1° y 19 de la Constitución Política, así como tratados internacionales de derechos humanos, por constituir una diferencia de trato arbitraria y desproporcionada. El Tribunal Constitucional rechaza la solicitud de inaplicabilidad, considerando que la norma es razonable y proporcional dado que la conducta de conductores puede generar efectos dañosos a terceros. La sentencia concluye que existe fundamento objetivo para la diferenciación normativa establecida por el legislador.