Resumen del criterio jurisprudencial
La Tercera Sala de la Corte Suprema confirma sentencia de alzada que condena al Servicio de Salud de Valdivia al pago de $30.000.000 por daño moral. El caso se origina en la falta de servicio consistente en la negligencia médica al no realizar un diagnóstico correcto y oportuno de una enfermedad ocular del demandante. La patología no fue identificada durante más de quince meses, período en el cual evolucionó sin tratamiento adecuado, generando graves secuelas. La sentencia anula el fallo anterior que había disminuido el monto de indemnización. Se estima que el centro hospitalario incurrió en infracción del artículo 38 de la Ley Nº 19.966 al prestar un servicio deficiente.