Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero que define qué constituye interés en operaciones no reajustables y reajustables, estableciendo la tasa de interés como la relación entre el interés calculado y el capital. Además, dispone que las costas personales y procesales no se consideran intereses.