Resumen
Se acoge parcialmente el presente amparo interpuesto en contra de la Universidad de Chile, teniéndose por entregada la información sobre el “solucionario” de modo extemporáneo con la notificación del presente Acuerdo. Lo anterior, pues con ocasión del traslado conferido, hizo presente diversos links en los que se publican: (i) Los clavijeros con las respuestas de la prueba; (ii) El Modelos de solución de preguntas. En consecuencia, se otorgó acceso a la información que obraba en su poder sobre la materia consultada. Se rechaza el presente amparo en lo que respecta a la entrega de copia completa de P.H.C.S. PAES regular del proceso de admisión 2025. Lo anterior, por cuanto su publicidad afectaría el cumplimiento de las funciones del órgano en la construcción de las pruebas piloto para los años siguientes. Aplica criterio contenido en la decisión de amparo y C9381-24, entre las mismas partes. No obstante lo anterior, este Consejo estima necesario señalar que la afectación al debido cumplimento en este tipo de materias no puede tener un carácter indefinido, pues eso dificulta permanentemente el acceso a información relevante en materia educativa cuyo conocimiento impacta positivamente en la formación y preparación de quienes participan de procesos de selección de ingreso a la educación superior.