Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección deducido por una persona que fue expuesta en redes sociales con su foto, dirección y acusaciones de abuso sexual. La sentencia determina que la exposición pública constituye un acto de autotutela ilícita que vulnera derechos fundamentales como la honra y la propia imagen. Se privilegió el derecho a la honra del recurrente por sobre la libertad de expresión de las recurridas, considerando que esta última no es absoluta. La Corte ordenó a las recurridas eliminar las publicaciones que motivaron el recurso. Se reconoce que aunque existen alegaciones de abuso sexual, la forma de proceder mediante redes sociales constituye un ejercicio abusivo de la libertad de expresión.