Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, en su Sesión de la Segunda Sala, resolvió el recurso de protección interpuesto por una ciudadana boliviana que había contraído matrimonio con un chileno y era madre de un niño chileno. La madre había ingresado al país en 2020 y, tras la prohibición de su ingreso posterior, se vulneró el derecho a la reunificación familiar y el interés superior del niño. La Corte consideró que los artículos 4 y 19 de la Ley N° 21.325 y el inciso final del artículo 1° de la Constitución garantizan dichos derechos. Asimismo, el artículo 21 de la Carta Fundamental impone al Estado no crear obstáculos administrativos injustificados. Por tanto, se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique del 06‑03‑2026 (Ingreso Corte N° 68‑2026) y se declaró acogida la acción constitucional, autorizando el ingreso de la madre al país para regularizar su situación migratoria. La resolución quedó firmada por los ministros Valderrama Rebollado, Llanos Sagristá y Gajardo Harboe, y los abogados integrantes Tavolari Goycoolea y Ruiz Rosas.