Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada que rechazó la acción constitucional de protección deducida en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La recurrente alegaba una demora injustificada en la tramitación de su solicitud migratoria, invocando la garantía del plazo razonable y discriminación. La Tercera Sala resolvió que no existían indicios de discriminación ni de capricho o abuso de poder en la tramitación administrativa, por lo que la acción constitucional no puede ser utilizada para acelerar procedimientos administrativos en curso. Se tuvo especialmente en consideración que la recurrente mantiene una situación migratoria regular mientras dura la tramitación, sin que se acredite privación, perturbación o amenaza a sus derechos constitucionales.