Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por demandante que buscaba que se reconociera relación laboral con la Municipalidad de Talca. El demandante, médico veterinario, prestó servicios durante 7 años mediante sucesivos contratos de prestación de servicios a honorarios. La Corte Suprema confirma que las funciones específicas desempeñadas (esterilización y cuidado de animales) no reúnen los elementos factuales necesarios para categorizar el vínculo como laboral. Se determina que la relación se rige por el Código del Trabajo solo cuando se desarrolla fuera del marco del artículo 11 de la Ley N°18.834 y cumple con exigencias del legislador laboral.