Resumen del criterio jurisprudencial
Las disposiciones que regulan el trabajo extraordinario resultan aplicables a los trabajadores sujetos a jornadas bisemanales de trabajo. En consecuencia, en el caso de los trabajadores afectos a un régimen de jornada bisemanal, si se produce alguna situación o necesidad temporal en la empresa, las partes podrían llegar a convenir la realización de horas extraordinarias y para ello se debe suscribir un pacto escrito entre las partes.