Administrativo

No se advierte irregularidad en la suscripción del convenio de programación que indica.

Resumen del criterio jurisprudencial

No se advierte irregularidad en la suscripción del convenio de programación que indica. Están sujetos al trámite de toma de razón los actos que aprueben las respectivas transferencias, en la medida que superen el monto de 5.000 utm

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.