Se interpone acción de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional en contra del ar…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2023
Resumen
Se interpone acción de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional en contra del artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal. El requirente, en representación de E.G.N.B., cuestiona la constitucionalidad de la norma que faculta al Ministerio Público para comunicar su decisión de no perseverar en la investigación. Se alega vulneración de los derechos a igualdad ante la ley, debido proceso y derecho a la acción penal de la víctima-querellante. La gestión judicial pendiente corresponde a una investigación por falsificación ideológica de instrumento privado iniciada mediante querella. Se solicita la suspensión inmediata del procedimiento hasta la resolución de la inaplicabilidad.
Normas citadas
Artículo 93 Nº6 Constitución Política de la República
Artículos 79 a 92 DFL Nº5 año 2010 Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Ley Nº17.997 Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículo 248 letra c) Código Procesal Penal
Artículo 19 Nº2 Constitución Política (igualdad ante la ley)
Artículo 19 Nº3 inciso quinto Constitución Política (debido proceso)
Artículo 83 inciso segundo Constitución Política (derecho a la acción penal)
Artículo 93 inciso décimo primero Constitución Política
inaplicabilidadinconstitucionalidadMinisterio PúblicoCódigo Procesal Penaldebido procesoigualdad ante la leyderecho a la acción penalvíctima-querellante
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.