Penal

Artículo de la Ley 18.216 que define la pena de reclusión parcial como encierro domicil…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 18.216 que define la pena de reclusión parcial como encierro domiciliario o en establecimientos especiales por 56 horas semanales. Establece tres modalidades: diurna, nocturna y de fin de semana, con horarios específicos. El juez debe priorizar el monitoreo telemático como control, salvo informe técnico desfavorable de Gendarmería.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.