Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.216 que define la pena de reclusión parcial como encierro domiciliario o en establecimientos especiales por 56 horas semanales. Establece tres modalidades: diurna, nocturna y de fin de semana, con horarios específicos. El juez debe priorizar el monitoreo telemático como control, salvo informe técnico desfavorable de Gendarmería.