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El órgano de control descartó que se configuraran las causales del artículo 60 de la Le…

Resumen del criterio jurisprudencial

El órgano de control descartó que se configuraran las causales del artículo 60 de la Ley N° 19.880 y mantuvo el criterio que excluye el reajuste excepcional en contratos terminados anticipadamente.

La Contraloría rechazó el recurso extraordinario de revisión presentado por Constructora de Pavimentos Asfálticos Bitumix S.A.El órgano de control concluyó que no se configuró ninguna causal del artículo 60 de la Ley N° 19.880.El criterio mantenido excluye el reajuste excepcional en contratos terminados anticipadamente antes de la vigencia del decreto N° 177.Los antecedentes aportados fueron considerados reiterativos respecto de los ya examinados en el oficio impugnado.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.