Resumen
La resolución del Tribunal Constitucional en el caso Rol N° establece como Ratio Decidendi que el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, al restringir la aplicación de penas sustitutivas de privación de libertad, resulta desproporcionado e inequitativo respecto de personas condenadas incluso por delitos de mayor gravedad, vulnerando los principios de igualdad ante la ley y proporcionalidad de las penas consagrados en los artículos 19, N°s 2° y 3° de la Constitución. Se argumenta que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar la dignidad humana, limitándose a conductas delictivas graves y priorizando la reinserción social de los condenados. Asimismo, se destaca que las penas sustitutivas no son sinónimo de impunidad, sino que constituyen sanciones con carácter punitivo que restringen la libertad personal y buscan el control, reinserción social y prevención de la reincidencia, siendo más equilibradas entre los derechos de los delincuentes, las víctimas y la seguridad pública. Como Obiter Dicta, se menciona que la exclusión total de ciertos delitos de los beneficios de la Ley N° 18.216 vulnera el estándar de racionalidad y justicia, y que el quantum de la pena es el criterio más objetivo para determinar la gravedad de un ilícito, lo que refuerza la necesidad de proporcionalidad en la aplicación de las penas. También se resalta que el sistema de prisión históricamente no ha logrado la rehabilitación de las personas y que las penas sustitutivas son más adecuadas para cumplir los fines de reinserción social y protección de las víctimas. Finalmente, se concluye que la disposición impugnada es incompatible con la Constitución en el caso concreto, dado que configura una situación de irracionalidad y desproporción al impedir al juez optar por penas sustitutivas en consideración al caso específico.