Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 77 del Reglamento del SEIA regula la reclamación del proponente contra resoluciones que nieguen, rechacen o impongan condiciones a una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental. Establece plazos de interposición (30 días) y de resolución (30 o 60 días según el tipo de instrumento), y la autoridad competente para conocerla.