Civil

Artículo del Código de Procedimiento Civil sobre instrumentos públicos extranjeros y ap…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Procedimiento Civil sobre instrumentos públicos extranjeros y apostilla. Establece que los instrumentos públicos provenientes de Estados parte de la Convención de La Haya no requieren legalización si cuentan con apostilla. Las certificaciones sobre documentos privados pueden presentarse legalizadas o apostilladas, pero solo acreditan la autenticidad de la certificación; se excluyen documentos diplomáticos, consulares y administrativos mercantiles o aduaneros.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.