Propiedad intelectual

Artículo de la Ley de Propiedad Intelectual chilena que establece la obligación de insc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley de Propiedad Intelectual chilena que establece la obligación de inscribir en el Registro las transferencias totales o parciales de derechos de autor o conexos, efectuadas por instrumento público o privado autorizado ante notario, dentro de 60 días desde su celebración. También exige inscribir la resolución del contrato respectivo en el mismo plazo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.