Comercial

Artículo del Código Aeronáutico chileno sobre intercambio de aeronaves.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Aeronáutico chileno sobre intercambio de aeronaves. Establece que estos contratos pueden ser de arrendamiento o fletamento recíprocos y deben constar por escrito. Si el intercambio bajo arrendamiento se inscribe en el Registro Nacional de Aeronaves, produce los efectos del artículo 100.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.