Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre la terminación del mandato.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre la terminación del mandato. Establece que el mandato destinado a ejecutarse después de la muerte del mandante no se extingue por su fallecimiento, y los herederos suceden en los derechos y obligaciones.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.