Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno sobre transporte terrestre o por vías navegables.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno sobre transporte terrestre o por vías navegables. Establece que, si la ruta no está designada, el porteador puede elegir entre dos o más la que le acomode, siempre que vaya en línea recta al punto de entrega de las mercaderías.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.