Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen del Servicio Nacional de Aduanas que clasifica arancelariamente el producto 'filete de trucha salado líquido'. Determina que, por conservar esquelón y espinas, no corresponde a filetes, y por su baja salazón no es pescado salado. Resuelve clasificarlo en la subpartida 0303.2100 del Arancel Aduanero como trucha troceada, someramente salada y congelada.