Resumen
La Contraloría General de la República acogió las alegaciones de unas funcionarias municipales, al determinar que la municipalidad no podía rectificar el escalafón de mérito y antigüedad del período 2012-2013 después de haberlo publicado inicialmente. Ello, porque el primer escalafón, publicado el 5 de mayo de 2014, adquirió el carácter de inamovible al haber transcurrido el plazo legal para que los funcionarios reclamaran de su ubicación, sin que se hubieran deducido impugnaciones oportunas. Conforme a los artículos 50 y 156 de la Ley N° 18.883 y la jurisprudencia administrativa, las correcciones solo proceden como consecuencia de reclamos presentados dentro del plazo legal, no de oficio ni a petición de los funcionarios. En consecuencia, el municipio deberá dejar sin efecto el segundo escalafón rectificado, publicado el 14 de octubre de 2014, e informar de ello a la Contraloría en un plazo de 15 días hábiles.