LaboralAcoge

La Corte Suprema declara que la relación entre una profesora de educación física y el M…

Sentencia · Corte Suprema · 2024

Resumen

La Corte Suprema declara que la relación entre una profesora de educación física y el M.P.A.C. es de naturaleza laboral, rechazando la calificación de contrato conforme a la Ley Nº 18.883. La demandante prestó servicios de apoyo familiar integral entre julio de 2016 y junio de 2022, percibiendo una remuneración mensual fija de $1.199.800 en condiciones de subordinación y dependencia. El tribunal aplica el principio de primacía de la realidad, privilegiando los hechos concretos sobre la documentación formal. Se ordena el pago de cotizaciones de seguridad social, limitando la condena al seguro de cesantía al 2,4% de cargo del empleador para evitar pago doble.

Normas citadas

  • Artículo 483 Código del Trabajo
  • Artículo 7º Código del Trabajo
  • Artículo 4º Ley Nº 18.883
  • Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades
  • Artículo 1º Ley Nº 18.695
relación laboralprimacía de la realidadsubordinación y dependenciacotizaciones de seguridad socialseguro de cesantíamunicipalidadcontrato de serviciosLey 18.883

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.