Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Chaitén, referido a la entrega de la información correspondiente a la “presentación de Dirección Jurídica al Concejo Municipal” requerida en la solicitud. Lo anterior, por cuanto, es posible concluir que se encuentra satisfecho el estándar para la configuración de la circunstancia de hecho de inexistencia de la información en poder del órgano, que ha determinado la normativa que regula el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y que se ha reflejado en la jurisprudencia de este Consejo.